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La Prorrata y los «Bienes de Inversión»: Las dos casillas del Modelo 303 que pueden arruinar tu cierre anual

Última actualización: NOVIEMBRE 2025

Si eres autónomo y solo haces una cosa (por ejemplo, diseñar webs), tu vida fiscal es —más o menos— sencilla: facturas con IVA, pagas gastos con IVA, restas uno del otro y listo.

Pero, ¿qué pasa si eres un «híbrido»?

¿Qué pasa si eres un médico que pasa consulta privada (exento de IVA) pero también das conferencias (con IVA)? ¿O un profesor que da clases en una academia (exento) y vende cursos online por su cuenta (con IVA)? ¿O un consultor de marketing que también alquila un bajo comercial que heredó?

Bienvenido al infierno de la Prorrata del IVA. Y de paso, te presento a su primo fuerte: los Bienes de Inversión.

Estas son las dos razones principales por las que muchos autónomos reciben una «cartita» de Hacienda dos años después de haber presentado sus impuestos pensando que todo estaba bien.

Hoy te explicamos, sin «idioma BOE», qué significan estas dos casillas y por qué tu Excel casero no sirve para gestionarlas.

1. ¿Qué demonios es la Prorrata? (Explicado para humanos)

La Prorrata es el sistema que usa Hacienda para decirte: «Oye, como no cobras IVA en todos tus trabajos, no tienes derecho a desgravarte todo el IVA de tus gastos».

Parece justo, ¿no? Si compras un ordenador para trabajar, pero la mitad de tu trabajo no genera IVA, Hacienda no te deja restar ese IVA completo.

El problema es cómo se calcula. Existen dos tipos y elegir mal te puede costar miles de euros:

A) La Prorrata General (La «fácil» y traicionera)

Hacienda te dice: «Calcula qué porcentaje de tus ingresos totales llevan IVA». Imagínate que el 70% de lo que ganas viene de facturas con IVA y el 30% de facturas exentas. Pues bien, solo te puedes deducir el 70% de CADA gasto.

  • ¿Gastas 100 € en gasolina? Solo deduces el IVA de 70 €.
  • ¿Compras un bolígrafo? Solo deduces el 70% de su IVA.

Es rápido de calcular, pero suele salirte a pagar más.

B) La Prorrata Especial (La justa, pero compleja)

Aquí le dices a Hacienda: «Mira, este gasto es SOLO para la actividad que lleva IVA, así que me lo deduzco al 100%. Y este otro gasto es para la actividad exenta, así que no me deduzco nada».

Solo aplicas el porcentaje (ese 70% del ejemplo) a los gastos comunes (como la luz, el teléfono o la asesoría).

⚠️ OJO AL DATO 2025: Muchos autónomos eligen la General por comodidad. Pero la Ley del IVA dice que si con la Especial te ahorrarías un 10% más de dinero, HACIENDA TE OBLIGA a usar la Especial. Si no lo haces y te pillan, te reclamarán la diferencia con recargo.


2. «Bienes de Inversión»: Casarte con Hacienda por 5 años

Aquí viene el segundo error clásico.

Te compras un portátil de 3.500 € para editar vídeo. Estás eufórico. Metes la factura en el trimestre, te sale un IVA a devolver gigante y te vas de cena a celebrarlo.

Error.

Para Hacienda, eso no es un «gasto corriente». Al costar más de 3.005,06 €, es un Bien de Inversión. Y tiene una regla de oro: La Regularización.

¿Qué significa esto? Que Hacienda vigila ese ordenador durante 5 años (o 4 años más el de compra).

Si tu situación cambia en esos 5 años (por ejemplo, pasas a tener más ingresos exentos de IVA, o te das de baja un tiempo), tienes que devolver parte del IVA que te desgravaste.

Sí, como lo oyes. Si en 2025 te dedujiste 600 € de IVA por el Mac, y en 2026 tu porcentaje de prorrata baja mucho, en el último trimestre de 2026 (casilla 43 del Modelo 303) tendrás que devolverle un trocito de esos 600 € a Hacienda.

Es un sistema de vasos comunicantes que casi ningún software de facturación básico calcula automáticamente.

3. La trampa del último trimestre (4T)

Todo esto estalla en enero, cuando presentas el 4T (cuarto trimestre) y el Resumen Anual (Modelo 390).

Es en ese momento cuando hay que:

  1. Calcular tu porcentaje definitivo de prorrata del año (porque durante el año usas uno provisional).
  2. Ajustar todo el IVA que has pagado de más o de menos en los trimestres anteriores.
  3. Revisar si tus bienes de inversión necesitan «regularizarse».

Si lo haces mal aquí, arrastras el error al año siguiente. Y la bola de nieve crece hasta que llega la notificación.


Conclusión: ¿De verdad quieres calcular esto en una hoja de cálculo?

Ser autónomo ya es bastante difícil como para tener que hacer ingeniería fiscal cada trimestre.

La prorrata y los bienes de inversión no son «sota, caballo y rey». Son normas vivas que dependen de cuánto facturas cada mes y de dónde vienen tus ingresos.

Un error en la casilla 43 o aplicar mal el porcentaje de prorrata no se soluciona diciendo «uy, perdón». Se soluciona pagando la deuda más los intereses de demora.

🎯 Consejo final

Si tienes actividades mixtas (con y sin IVA) o has comprado activos caros recientemente, no te la juegues.

👉 En altaenautonomos.com no solo «presentamos papeles». Nuestros expertos analizan tu caso, te dicen si te compensa la Prorrata Especial y vigilamos tus bienes de inversión año tras año para que no tengas sorpresas.

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