Calendario Fiscal para Autónomos

Recurso gratuito · Plazos AEAT y Seguridad Social

Calendario fiscal para autónomos: qué presentas y cuándo

Marca tu situación y te mostramos solo los modelos que te tocan, mes a mes, con los plazos de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Gratis y sin registrarte.

Fuentes oficiales enlazadas Revisado el 31/10/2026 Territorio común
Próximo bloque de plazos
Enero 2027
4º trimestre de 2026 y resúmenes anuales
Plazo general
Si el último día es inhábil, el plazo termina el primer día hábil siguiente (AEAT). Con pago domiciliado, el plazo acaba antes.
1–20
de abril, julio y octubre:
plazo general de los trimestrales
1–30
de enero: IVA e IRPF
del 4º trimestre
6
ventanas al año para
cambiar tu base de cotización
0 €
El calendario es gratis
y no pide registro
Tu calendario personalizado

Marca lo que encaja contigo
y mira tus plazos al momento

Pensado para autónomos persona física en territorio común. Si tributas en País Vasco, Navarra, Canarias, Ceuta o Melilla, lee la nota de debajo.

1¿Cómo tributas en el IRPF?
2¿Presentas IVA?
3¿Qué más te aplica?

Tu calendario fiscal

Empezando por tu próximo plazo

0modelos 0meses clave
⚠️ Antes de fiarte de este calendario, comprueba que no estás en estos casos: tributas en País Vasco o Navarra (sus Haciendas Forales tienen modelos y plazos propios); estás en Canarias (en lugar del IVA se aplica el IGIC, que gestiona la Agencia Tributaria Canaria) o en Ceuta o Melilla (IPSI); estás en el SII, en el REDEME o eres gran empresa (liquidaciones mensuales); tus operaciones intracomunitarias superan 50.000 € (349 mensual); o facturas a través de una sociedad (Impuesto sobre Sociedades, otro calendario).
El año del autónomo de un vistazo

Seis momentos que no se te pueden escapar

Los trimestrales se concentran en enero, abril, julio y octubre; los resúmenes anuales, en enero y febrero; la Renta, en primavera. Y la cuota de autónomos, todos los meses.

Cuota de autónomos: cargo el último día hábil de cada mes
Trimestrales (IVA, IRPF, retenciones) Resúmenes e informativas anuales Campaña de Renta Efectos de un cambio de base de cotización
La letra pequeña de los plazos

Seis reglas que conviene tener muy claras

📅
Si el último día es inhábil, el plazo se corre
Termina el primer día hábil siguiente. Son inhábiles los sábados, domingos, festivos nacionales y los autonómicos o locales del municipio donde está el Departamento de Informática de la AEAT.
Fuente: AEAT
🏦
Domiciliar el pago acorta tu plazo
En el IVA trimestral (303), con carácter general la domiciliación va del 1 al 15 de abril, julio y octubre y del 1 al 25 de enero. Las fechas exactas de cada año salen en el calendario de la AEAT.
Fuente: AEAT · calendario 2026
🧾
Que salga cero no siempre te libra de presentar
Ejemplo oficial: en módulos (131), si en un trimestre no sale nada a ingresar, la AEAT indica que debes presentar una declaración negativa.
Fuente: AEAT
⏰
Presentar tarde tiene coste
Una autoliquidación fuera de plazo sin requerimiento previo lleva recargos (art. 27 de la Ley General Tributaria). Si antes te requiere Hacienda, puede haber sanción.
Fuente: Ley 58/2003 (BOE)
💶
La cuota de autónomos se cobra a fin de mes
Con la cuota domiciliada, el banco hace el cargo el último día hábil del mes. Ten saldo ese día para evitar recargos.
Fuente: TGSS
🔁
Tu base de cotización se cambia por ventanas
Hasta 6 cambios al año, con efectos el 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero.
Fuente: Seguridad Social · Import@ss
¿Prefieres olvidarte de las fechas?

Tú facturas.
Nosotros vigilamos los plazos.

Con un plan de asesoría online revisamos qué modelos te tocan de verdad y preparamos y presentamos tus declaraciones a tiempo.

01
Nos cuentas tu actividad
En una consulta gratuita, sin compromiso.
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Revisamos tus obligaciones
Modelos, régimen y casos especiales.
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Presentamos en plazo
Y tú sigues a lo tuyo.
Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre
los plazos del autónomo

Según la AEAT, si el vencimiento coincide con un día inhábil, el plazo termina el primer día hábil siguiente, y el de domiciliación se amplía, con carácter general, los mismos días. Se consideran inhábiles los sábados, domingos, festivos nacionales y los festivos autonómicos o locales del municipio donde está el Departamento de Informática de la AEAT.
La AEAT ya lo ha publicado en su calendario del contribuyente 2026: el modelo 303 del cuarto trimestre de 2026 se puede presentar hasta el 1 de febrero de 2027. Para el resto de modelos de enero de 2027, las fechas exactas se confirmarán en el calendario de 2027, que la AEAT suele publicar en diciembre.
No: el plazo para presentar con domiciliación termina antes. En el 303 trimestral, con carácter general, va del 1 al 15 de abril, julio y octubre y del 1 al 25 de enero. La AEAT exige que entre el fin del plazo con domiciliación y el fin del plazo general haya al menos tres días hábiles o cinco naturales.
Si tu actividad es profesional y en el año natural anterior al menos el 70% de tus ingresos de la actividad llevaron retención o ingreso a cuenta, no estás obligado a los pagos fraccionados del 130, según la AEAT. Si tu actividad es empresarial, o no llegas a ese porcentaje, lo normal es que sí. Lo revisamos contigo en la consulta gratuita.
Con la cuota domiciliada, la entidad financiera hace el cargo el último día hábil de cada mes, según la documentación de domiciliación de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Hasta seis veces al año. Si lo pides entre el 1 de enero y el último día de febrero, se aplica el 1 de marzo; entre marzo y abril, el 1 de mayo; entre mayo y junio, el 1 de julio; entre julio y agosto, el 1 de septiembre; entre septiembre y octubre, el 1 de noviembre; y entre noviembre y diciembre, el 1 de enero del año siguiente (Seguridad Social, Import@ss).
Se presenta durante el mes de febrero (Orden EHA/3012/2008) e incluye a los clientes y proveedores con los que, en conjunto, hayas superado 3.005,06 € en el año anterior. Hay exclusiones (por ejemplo, determinadas operaciones y obligados), así que conviene revisarlo cada año.
No tal cual. En País Vasco y Navarra las Haciendas Forales tienen sus propios modelos y plazos. En Canarias no se aplica el IVA, sino el IGIC, que gestiona la Agencia Tributaria Canaria; y en Ceuta y Melilla existe el IPSI. Escríbenos y te decimos qué calendario te corresponde.
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