1. Introducción: facturar fuera de España en 2025 sin morir en el intento
Cada vez más autónomos y pymes españolas trabajan con clientes internacionales: diseñadores freelance que venden a empresas alemanas, e-commerce que exportan productos a Francia o Italia, consultores que asesoran desde Madrid a startups en México…
El problema llega cuando Hacienda entra en la ecuación. Porque no es lo mismo facturar a un cliente de Sevilla que a uno de Berlín o de Miami.
La duda eterna:
👉 ¿Aplico IVA?
👉 ¿Tengo que darme de alta en el ROI?
👉 ¿Qué modelos de Hacienda debo presentar?
Tranquilo. Aquí tienes la guía definitiva 2025 para facturar a clientes extranjeros sin meter la pata.
2. Diferencias clave: UE vs. fuera de la UE
Lo primero es separar el mundo en dos bloques:
- Clientes de la Unión Europea (UE).
- Clientes fuera de la UE (EE. UU., Latinoamérica, Asia, etc.).
La diferencia esencial está en cómo aplicar el IVA y en qué obligaciones fiscales adicionales tendrás.
3. Facturación a clientes de la Unión Europea en 2025
📌 Caso A: Facturas a empresas con NIF-IVA intracomunitario
- No aplicas IVA en la factura.
- Debes incluir la leyenda: “Operación intracomunitaria exenta de IVA según art. 25 Ley 37/1992 del IVA”.
- Es obligatorio estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
- Además, tendrás que declarar la operación en el modelo 349.
💡 Ejemplo práctico:
María, diseñadora gráfica en Valencia, emite una factura de 1.200 € a una empresa en Alemania con NIF-IVA válido.
👉 Factura sin IVA.
👉 Presenta modelo 349 con esa operación.
👉 Refleja la operación también en su modelo 303 (casilla intracomunitarias).
📌 Caso B: Facturas a particulares en la UE
- Hasta 10.000 € anuales: aplicas IVA español.
- Si superas los 10.000 €, entra en juego el OSS (One Stop Shop).
- Debes aplicar el IVA del país del cliente.
- Presentas tus declaraciones a través del sistema OSS en la Agencia Tributaria.
💡 Ejemplo práctico:
Un e-commerce español vende productos por 15.000 € a clientes franceses en 2025.
👉 Debe registrarse en el OSS.
👉 Aplicará IVA francés en sus facturas.
👉 Declarará ese IVA en el OSS trimestralmente.
4. Facturación a clientes fuera de la UE en 2025
Cuando facturas a empresas o particulares fuera de la UE, la norma es más simple:
- No aplicas IVA.
- Debes añadir la nota: “Operación no sujeta a IVA según art. 69 Ley 37/1992 del IVA”.
- Eso sí, debes incluir la operación en tus modelos 303 y 390 (IVA trimestral y resumen anual).
💡 Ejemplo práctico:
Carlos, consultor español, asesora a una startup en México y les cobra 2.000 €.
👉 Factura sin IVA.
👉 Ingreso tributa en España vía IRPF (si es autónomo) o Impuesto de Sociedades (si es SL).
5. Modelos fiscales que no puedes ignorar
📍 Modelo 303
Declaración trimestral del IVA. Aquí reflejas todas tus operaciones, incluidas las internacionales.
📍 Modelo 349
Declaración informativa de operaciones intracomunitarias. Solo si trabajas con empresas de la UE con NIF-IVA válido.
📍 Modelo 390
Resumen anual del IVA.
📍 OSS (One Stop Shop)
Sistema para simplificar la declaración del IVA en ventas a particulares de la UE cuando superas los 10.000 €.
6. Cómo comprobar si tu cliente de la UE tiene NIF-IVA válido
El truco está en usar el sistema VIES (VAT Information Exchange System) de la UE.
👉 Entras en la web de la Comisión Europea.
👉 Introduces el número NIF-IVA de tu cliente.
👉 Si es válido, puedes facturar sin IVA (caso empresa).
7. Errores típicos al facturar clientes extranjeros
❌ Emitir la factura con IVA español cuando no corresponde.
❌ No inscribirse en el ROI y luego facturar intracomunitarias.
❌ No presentar el modelo 349 a tiempo.
❌ Olvidarse de incluir la coletilla legal en la factura.
❌ Creer que “fuera de la UE todo es igual” (ojo con convenios y aduanas si vendes productos físicos).
💡 Ejemplo real:
Un autónomo español que vendía formación online a Italia nunca se registró en OSS. Superó los 10.000 € y aplicó IVA español. Resultado: Hacienda le obligó a rectificar facturas y pagar IVA atrasado en Italia.
8. Checklist para facturar clientes extranjeros en 2025
✔️ ¿Cliente de la UE o fuera de la UE?
✔️ ¿Es empresa con NIF-IVA válido o particular?
✔️ ¿Estoy dado de alta en el ROI?
✔️ ¿Debo aplicar IVA o no?
✔️ ¿Debo presentar el 349, 303, OSS o solo 303?
✔️ ¿He añadido la coletilla legal correcta en la factura?
9. Caso práctico completo: autónomo con clientes internacionales
Pongamos el ejemplo de Lucía, copywriter autónoma en Madrid que trabaja con clientes en España, Alemania y EE. UU. en 2025:
- España: factura con IVA 21 % a empresas y particulares.
- Alemania (empresa con NIF-IVA): factura sin IVA, presenta modelo 349.
- Alemania (particular, más de 10.000 €/año): aplica IVA alemán, se registra en OSS.
- EE. UU.: factura sin IVA, declara en modelo 303 como operación no sujeta.
Lucía, sin ayuda, estaría perdida. Pero con un software de facturación homologado (como el que ofrecemos en Alta en Autónomos), gestiona todo sin errores y sin sanciones.
10. Conclusión: facturar clientes extranjeros en 2025 no es un problema si sabes cómo
La globalización abre puertas, pero también trae papeleo. La clave está en distinguir bien entre UE y fuera de la UE, entre empresa y particular, y no olvidarse de los modelos fiscales.
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