Última actualización: enero 2026
“Le he hecho la factura sin IVA porque es empresa.”
“Como es un servicio online no lleva IVA.”
“Es que me dijo que mejor sin IVA.”
Este tipo de frases se repiten más de lo que imaginas. Y en muchos casos, son incorrectas.
Emitir una factura sin IVA cuando la operación sí está sujeta puede generar un problema serio. No solo porque Hacienda pueda reclamar ese IVA. Sino porque puede hacerlo aunque tú no lo hayas cobrado al cliente.
Aquí te explico qué ocurre exactamente, cuándo sí se puede facturar sin IVA, cuándo no, qué revisa Hacienda en 2026 y cómo regularizar si ya te ha pasado.
- La regla general que muchos olvidan
- Casos en los que NO debes quitar el IVA
- Casos en los que sí puede ir sin IVA
- Qué pasa si facturas sin IVA cuando sí correspondía
- Ejemplo real
- Cómo detecta Hacienda este tipo de errores
- Error típico en operaciones internacionales
- Cómo regularizar si ya lo has hecho
- ¿Siempre hay sanción?
- Preguntas frecuentes (FAQ)
- Conclusión
La regla general que muchos olvidan
En España, la norma es clara:
Toda prestación de servicios o entrega de bienes realizada por un autónomo está sujeta a IVA, salvo que exista una exención expresa o un supuesto específico regulado.
No llevar IVA es la excepción.
Llevar IVA es la regla.
El problema es que muchos autónomos aplican la excepción sin comprobar si realmente procede.
Casos en los que NO debes quitar el IVA
Debes aplicar IVA (normalmente 21 %) si:
- Prestas servicios a un cliente en España
- Vendes productos dentro del territorio nacional
- Ofreces servicios digitales a particulares españoles
- Realizas colaboraciones con marcas españolas
- Haces UGC para empresas españolas
Ser empresa no elimina el IVA.
Trabajar online no elimina el IVA.
No firmar contrato no elimina el IVA.
Casos en los que sí puede ir sin IVA
Existen supuestos legales donde no se repercute IVA, como:
- Servicios sanitarios o educativos reglados exentos
- Operaciones intracomunitarias entre empresas correctamente declaradas
- Inversión del sujeto pasivo en determinados servicios
- Exportaciones fuera de la Unión Europea
Pero incluso en estos casos, la operación debe declararse correctamente en el modelo correspondiente.
No llevar IVA no significa que no exista obligación fiscal.
Qué pasa si facturas sin IVA cuando sí correspondía
Aquí viene el punto delicado.
Si Hacienda detecta que debías repercutir IVA y no lo hiciste, puede:
- Exigir el IVA no repercutido
- Aplicar intereses de demora
- Imponer recargo por declaración incorrecta
- Iniciar procedimiento sancionador
Y lo más importante:
Puede exigirte ese IVA aunque no lo hayas cobrado al cliente.
Es decir, el error no elimina la obligación.
Ejemplo real
Autónomo que factura 10.000 € en servicios profesionales a empresa española sin aplicar IVA.
Debía haber aplicado 21 %.
Hacienda detecta incoherencia entre ingresos declarados y base imponible.
Regularización:
10.000 € x 21 % = 2.100 € de IVA no declarado
Más intereses
Más posible recargo
El cliente ya pagó 10.000 €.
El autónomo tiene que pagar 2.100 € de su bolsillo.
Cómo detecta Hacienda este tipo de errores
En 2026 los cruces son cada vez más automáticos.
Hacienda compara:
- Modelo 303
- Modelo 130
- Modelo 347
- Declaraciones de clientes
- Ingresos bancarios
Si una empresa declara gasto con IVA deducible y tú no declaras IVA repercutido, el descuadre salta.
No hace falta inspección presencial.
Puedes ampliar información en nuestro post relacionado: «Errores en facturas que si revisa Hacienda«.
Error típico en operaciones internacionales
Muchos autónomos quitan el IVA cuando facturan a clientes extranjeros sin comprobar:
- Si es empresa o particular
- Si está en la UE o fuera
- Si hay que aplicar inversión del sujeto pasivo
- Si hay que declarar en el modelo 349
Aplicar mal la regla internacional es uno de los errores más frecuentes en servicios digitales.
Cómo regularizar si ya lo has hecho
Primera regla: no dejarlo pasar.
La vía habitual es:
- Emitir factura rectificativa si procede
- Presentar modelo complementario
- Declarar el IVA omitido
- Asumir recargo reducido si se hace voluntariamente
Regularizar antes de requerimiento reduce el impacto económico.
Esperar aumenta el riesgo.

¿Siempre hay sanción?
No necesariamente.
Si regularizas voluntariamente antes de que Hacienda actúe, normalmente se aplica recargo, no sanción.
Si Hacienda inicia comprobación, el margen se reduce.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo emitir una factura rectificativa para añadir el IVA después?
Sí, pero debe hacerse correctamente y con coherencia contable.
¿Y si el cliente no quiere pagar el IVA ahora?
El problema fiscal sigue siendo tuyo frente a Hacienda.
¿Las colaboraciones digitales llevan IVA?
Sí, cuando prestas servicio a empresa española.
¿Facturar a empresa extranjera siempre va sin IVA?
No. Depende del país, del tipo de servicio y del cliente.
¿Puede afectarme en la declaración de la renta?
Sí, porque altera el rendimiento neto real.
Conclusión
Emitir facturas sin IVA cuando no corresponde no es un error pequeño.
Es uno de los desajustes que más fácilmente detecta Hacienda.
El problema no es solo fiscal. Es de liquidez.
Si tienes dudas sobre operaciones pasadas o actuales, conviene revisarlo antes de que se convierta en regularización forzosa.
En altaenautonomos.com revisamos tu facturación y tus modelos para que pagues lo justo, ni más ni menos.

