Modelo 190 y Modelo 180 para Autónomos y Pymes: Guía completa

📊 Modelo 190 y Modelo 180: Guía práctica para autónomos y pymes en 2025

Si durante 2024 has tenido trabajadores, colaboradores o has pagado un alquiler, hay dos modelos que debes tener en el radar para enero de 2025: el Modelo 190 y el Modelo 180.

🧠 1. ¿Qué son los modelos 190 y 180 y por qué deberías prestarle atención?

  • 🧾 Modelo 190: es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que has practicado a trabajadores, profesionales o empresarios.
  • 🏢 Modelo 180: es el resumen anual de retenciones por alquileres de inmuebles urbanos.

Ambos se presentan en enero, y su función es informar a Hacienda del total de retenciones que ya declaraste en los modelos 111 (trabajadores/profesionales) y 115 (alquileres), respectivamente.


📆 2. Plazos para presentar los modelos en 2025

ModeloQué resumeFecha límite presentación
Modelo 190Retenciones de IRPF (modelo 111)Hasta el 31 de enero de 2025
Modelo 180Retenciones de alquileres (modelo 115)Hasta el 31 de enero de 2025

🔎 3. ¿Quién está obligado a presentarlos?

✅ Modelo 190:

Estás obligado si:

  • Has tenido empleados y has retenido IRPF de sus nóminas
  • Has contratado a autónomos y has retenido IRPF en sus facturas (lo típico: 15 % o 7 %)

Ejemplo: Contratas a una diseñadora freelance que te factura 1.000 € – 15 % de IRPF → tú ingresas 850 € y pagas 150 € a Hacienda trimestralmente con el modelo 111. El modelo 190 será el resumen de todo eso al final del año.


✅ Modelo 180:

Estás obligado si:

  • Has alquilado un local u oficina para tu actividad económica
  • Y en ese alquiler hay retención de IRPF (lo habitual en contratos con empresas/autónomos)

Ejemplo: Pagas 1.000 €/mes por un local, con una retención de IRPF del 19 % → tú ingresas 810 € al casero y los 190 € restantes van a Hacienda cada trimestre con el modelo 115. En enero, lo resumes con el modelo 180.


📊 4. ¿Qué información necesitas para rellenarlos?

📌 Para el modelo 190:

  • NIF y datos del trabajador/profesional
  • Importe total pagado en el año
  • Retenciones aplicadas
  • Períodos de prestación del servicio

Ejemplo práctico:

NombreNIFTotal pagadoRetenciónTipo
Lucía Pérez12345678A8.500 €1.275 €Profesional (15 %)

📌 Para el modelo 180:

  • Datos del arrendador
  • Dirección del inmueble
  • Importe total pagado en 2024
  • Retenciones aplicadas

Ejemplo práctico:

CaseroNIFInmuebleTotal pagadoRetención
Álvaro Gómez87654321BCalle Comercio 2112.000 €2.280 €

⚠️ 5. Errores típicos (que deberías evitar a toda costa)

  • Poner mal el NIF del colaborador o casero
  • Declarar importes distintos a los del 111 o 115
  • No cuadrar totales con los pagos reales
  • Olvidarte de presentar si diste de baja a algún colaborador

🖥 6. ¿Cómo se presentan?

Siempre de forma telemática a través de la sede electrónica de la AEAT. Necesitarás:

  • Certificado digital o Cl@ve
  • Programa de ayuda de Hacienda o software propio
  • Archivo en formato *.txt con la estructura del modelo (si presentas varios perceptores)

🔗 Enlaces útiles:


💡 7. ¿Y si me equivoco?

Puedes presentar un modelo sustitutivo o complementario si te faltó alguien o declaraste mal una cantidad.
Eso sí, cuidado con los plazos: cuanto antes lo corrijas, mejor.


🧾 8. Comparativa final: modelos 190 y 180

AspectoModelo 190Modelo 180
Qué declaraIRPF de nóminas y facturasIRPF de alquileres
Se apoya en…Modelo 111Modelo 115
Obligatorio paraAutónomos con colaboradoresAutónomos con alquileres
Plazo 2025Hasta el 31 de eneroHasta el 31 de enero

🎯 9. Conclusión: ¿presentarlos tú o delegarlo?

Si lo tuyo no son los formularios ni las tablas de retención, y prefieres dedicarte a lo que se te da bien (tu negocio), lo mejor es dejarlo en manos de una asesoría que te lo gestione todo.

Y en altaenautonomos.com, lo hacemos con estilo, sin líos, y sin sustos después.


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