El abogado autónomo tributa como cualquier otro profesional liberal, pero tiene gastos específicos muy relevantes: cuota colegial obligatoria, seguros de respon
El abogado autónomo tributa como cualquier otro profesional liberal, pero tiene gastos específicos muy relevantes: cuota colegial obligatoria, seguros de responsabilidad civil, formación continua obligatoria… Esta guía cubre toda su fiscalidad.
Estos son los gastos específicos de tu profesión que puedes deducir en el IRPF e IVA, con las condiciones de cada uno.
La cuota colegial es obligatoria para ejercer y es 100% deducible. Dependiendo del colegio, puede ser desde 200€ hasta 1.500€/año. Con el recibo del colegio.
Obligatorio para ejercer en muchos colegios y muy recomendado. Las primas son deducibles. Los abogados independientes suelen pagar entre 300€ y 1.500€/año.
Si alquilas despacho profesional, el alquiler es 100% deducible. Con retención del 19% si el propietario es persona física (Modelo 115).
Cursos del Colegio, masters, congresos jurídicos, bases de datos como Aranzadi o La Ley. Todo deducible como formación.
Westlaw, Aranzadi (Thomson Reuters), La Ley (Wolters Kluwer)… Suscripciones anuales de entre 1.000€ y 5.000€. Totalmente deducibles.
Papel, impresión, encuadernación de escritos, almacenaje de expedientes… Gastos corrientes de la actividad.
Si gestionas asuntos en los que necesitas procurador o incurres en gastos de tramitación para el cliente, son suplidos (no son ni ingreso tuyo ni gasto tuyo: los recuperas del cliente sin IVA ni retención).
Modelos que debes presentar durante el año para estar al día con Hacienda.
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Sí. Los honorarios del turno de oficio que paga el Colegio de Abogados son rendimientos de actividad económica sujetos a IVA al 21%. El Colegio actúa como pagador y aplica retención del 15% (o del 7% si llevas menos de 3 años).
Las provisiones de fondos anticipadas (que el cliente entrega como anticipo para gastos futuros de tramitación) no son ingresos en el momento de cobrarlos: se convierten en ingreso cuando los 'consumes' prestando el servicio. Los suplidos propiamente dichos (que se documentan y recuperan sin beneficio) no son ni ingreso ni gasto.