autónomos y criptomonedas 2025

¿Te pueden pagar en criptomonedas siendo autónomo? Guía fiscal 2025 para no meter la pata

💡 Introducción

¿Autónomos y criptomonedas? Las criptos ya no son cosa de frikis de Reddit o del primo que se metió en Bitcoin en 2017.
Cada vez más freelance cobran parte de sus servicios en criptomonedas, especialmente si trabajan para clientes del extranjero.

Pero… ¿qué opina Hacienda de esto?
Spoiler: lo fiscalizas, o lo fiscalizas.
Y más te vale hacerlo bien.

1. ¿Puedes cobrar en criptomonedas siendo autónomo?

Sí, es legal cobrar en criptomonedas (Bitcoin, Ethereum, USDT, etc.) por tus servicios como autónomo.
Eso sí, no te libra de declarar el ingreso ni de tributarlo. Las criptos no son dinero oficial, pero sí son bienes con valor económico.

📌 Hacienda lo trata como una permuta → estás «cambiando» tus servicios por un bien digital.


2. ¿Cómo se declara el cobro en criptomonedas?

Si te pagan 1.000 € en ETH, el día que lo recibes, ese valor se convierte en rendimiento económico profesional.
🔍 Debes convertir ese importe a euros y declararlo como ingreso en tu IRPF e IVA.

✅ Pasos:

  1. Apunta la fecha exacta de recepción
  2. Guarda un pantallazo del valor de la cripto ese día
  3. Emite una factura con IVA como si hubieras cobrado en euros
  4. Apunta el valor en tu contabilidad

3. ¿Y si luego esa cripto sube o baja?

🎢 Bienvenido al mundo loco de los criptoactivos.
El valor que declaras es el que tenía la moneda el día que la cobraste.
Pero si luego la vendes, tendrás que declarar la ganancia o pérdida patrimonial como si fuera una inversión.

📌 Se declara en el IRPF dentro de la base del ahorro (tramos de 19%, 21%, 23%…).


4. ¿Y qué pasa con el IVA?

El IVA se aplica como si te hubieran pagado en euros.
➡️ Si eres autónomo sujeto a IVA, tienes que repercutirlo aunque el pago sea en criptomoneda.

💡 Consejo: Mejor conviértelo a euros en cuanto lo recibas, para no liarte con el precio en caso de inspección.


5. Herramientas útiles para autónomos que cobran en cripto

  • Binance Pay / Coinbase Commerce: pasarelas de pago para freelance
  • Koinly / Cointracking: control fiscal de tus wallets
  • CoinMarketCap histórico: para calcular valor exacto del día

6. Cuidado con estas cosas

⚠️ Si no declaras las criptos, Hacienda puede considerarlo ocultación de ingresos
⚠️ Si las vendes luego sin declarar, tributan como ganancia patrimonial
⚠️ No vale con un Excel. Hay que justificarlo con capturas, wallets y trazabilidad


7. Conclusión

Las criptomonedas pueden ser una opción interesante si tienes clientes techies o trabajas para el extranjero.
Pero si no lo haces bien, el susto de Hacienda puede ser de órdago.

👉 En altaenautonomos.com, te ayudamos a facturar en euros, en ETH o en lo que te venga… pero con la ley en la mano.

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