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Modelo 111

Modelo 111: Retenciones del IRPF a Trabajadores y Profesionales

El Modelo 111 es la autoliquidación trimestral de las retenciones del IRPF practicadas sobre nóminas de trabajadores y sobre honorarios de profesionales autónom

Autoliquidación Trimestral

El Modelo 111 es la autoliquidación trimestral de las retenciones del IRPF practicadas sobre nóminas de trabajadores y sobre honorarios de profesionales autónomos. Si tienes empleados o pagas a un profesional con retención, debes presentarlo cada trimestre.

Obligados

¿Quién debe presentar el Modelo 111?

✓ Deben presentarlo

  • Autónomos con trabajadores en nómina
  • Autónomos o empresas que pagan honorarios a profesionales autónomos que aplican retención del 15% (o 7% en los primeros años)
  • Autónomos que pagan retribuciones a socios o administradores con retención
  • Autónomos que organizan cursos o conferencias con ponentes que cobran con retención

✗ No deben presentarlo

  • Autónomos sin trabajadores ni pagos a profesionales con retención
  • Autónomos que solo se pagan a sí mismos (no hay retención sobre las propias facturas)
Calendario

Plazos de presentación del Modelo 111

Presenta siempre dentro del plazo para evitar recargos e intereses.

PeríodoPlazo de presentación
1T (enero-marzo)Del 1 al 20 de abril
2T (abril-junio)Del 1 al 20 de julio
3T (julio-septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4T (octubre-diciembre)Del 1 al 20 de enero del año siguiente

📌 Las grandes empresas con volumen de retenciones superior a 6 millones € presentan mensualmente. Los autónomos y PYMEs presentan siempre trimestralmente.

Guía paso a paso

Cómo rellenar el Modelo 111 paso a paso

Sigue estos pasos en la sede electrónica de la AEAT para presentar correctamente.

01

Recopila las nóminas y facturas con retención del trimestre

Suma todas las nóminas pagadas en el trimestre y extrae el importe de IRPF retenido. Suma también las facturas de profesionales con retención y el importe retenido de cada una.

02

Rellena el Modelo 111 con los totales

El 111 pide: número de perceptores, rendimientos brutos totales, retenciones totales e ingresos a cuenta. Desglosa entre rendimientos del trabajo (nóminas) y rendimientos de actividades económicas (facturas de profesionales).

03

Presenta y paga

Accede a la Sede Electrónica. Presenta el modelo y abona la cantidad retenida: ese dinero no es tuyo, sino del trabajador o profesional que te emitió la factura; lo ingresas a Hacienda en su nombre.

Atención

Errores frecuentes en el Modelo 111

Estos son los fallos más comunes que llevan a complementarias, sanciones o retrasos.

No retener a un profesional autónomo que aplica el 15%

Si un autónomo te emite una factura con retención del 15%, tú como pagador debes ingresar ese 15% a Hacienda. Olvidarlo no es responsabilidad del autónomo: la responsabilidad del ingreso es del pagador.

Desajuste entre el 111 trimestral y el 190 anual

Al finalizar el año, la suma de los cuatro 111 debe coincidir con el total del 190. Concilia siempre antes de presentar el 190 en enero.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 111

¿A qué porcentaje tengo que retener a un profesional autónomo?

El tipo general es el 15%. Para profesionales que inician su actividad, se aplica el 7% durante el año de inicio y los dos siguientes. El profesional debe indicar en su factura si se acoge a la retención reducida del 7%, y hacerlo constar expresamente. Verifica que el profesional cumple los requisitos antes de aplicarlo.

¿Tengo que presentar el 111 si no he tenido trabajadores ese trimestre?

No. A diferencia del 303, el 111 solo se presenta cuando hay retenciones que declarar. Si un trimestre no has pagado nóminas ni honorarios con retención, no existe obligación de presentarlo.

¿El Modelo 111 incluye también las cotizaciones a la Seguridad Social?

No. El Modelo 111 solo gestiona las retenciones del IRPF. Las cotizaciones a la Seguridad Social se liquidan por separado a través del Sistema RED (mediante SILTRA) directamente con la TGSS.

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