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Modelo 202

Modelo 202: Pago Fraccionado del Impuesto de Sociedades

El Modelo 202 es el pago fraccionado a cuenta del Impuesto de Sociedades. Las sociedades que tributan en el IS presentan dos pagos anticipados al año: en abril

Autoliquidación Semestral (2 veces al año)

El Modelo 202 es el pago fraccionado a cuenta del Impuesto de Sociedades. Las sociedades que tributan en el IS presentan dos pagos anticipados al año: en abril y en octubre. Son anticipos del IS que se regularizarán en el Modelo 200 de julio.

Obligados

¿Quién debe presentar el Modelo 202?

✓ Deben presentarlo

  • Todas las sociedades limitadas (SL) y anónimas (SA) con cuota del IS superior a 0 en el último período
  • Empresas con volumen de operaciones del ejercicio anterior superior a 6 millones de euros (obligación de presentar aunque la cuota sea 0)

✗ No deben presentarlo

  • Sociedades cuya cuota íntegra del IS del ejercicio anterior fue cero o cuya base imponible fue negativa (exentas de los pagos fraccionados en el método de la cuota)
Calendario

Plazos de presentación del Modelo 202

Presenta siempre dentro del plazo para evitar recargos e intereses.

PeríodoPlazo de presentación
Primer pago (abril)Del 1 al 20 de abril
Segundo pago (octubre)Del 1 al 20 de octubre

📌 Solo hay dos pagos al año (abril y octubre), a diferencia del IVA e IRPF que son trimestrales. El tercer período (diciembre) solo aplica para grandes empresas.

Guía paso a paso

Cómo rellenar el Modelo 202 paso a paso

Sigue estos pasos en la sede electrónica de la AEAT para presentar correctamente.

01

Elige el método de cálculo

Método A (el más simple): 18% de la cuota íntegra del IS del último período declarado. Método B (proporcional): 17% (o más para grandes empresas) del resultado contable acumulado del período. La mayoría de PYMES usan el Método A.

02

Calcula el pago con el Método A

Localiza la cuota íntegra del Modelo 200 del último ejercicio cerrado. Aplica el 18%. Resta las bonificaciones, deducciones y retenciones que correspondan.

03

Presenta en la Sede Electrónica

Accede con el certificado de la empresa o de su representante. Rellena el Modelo 202 y abona el importe resultante.

Atención

Errores frecuentes en el Modelo 202

Estos son los fallos más comunes que llevan a complementarias, sanciones o retrasos.

No presentar el 202 aunque el resultado sea cero

Si la cuota del IS fue positiva el año anterior, debes presentar el 202 aunque el 18% resulte cero. No presentarlo puede generar una sanción formal.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 202

¿El pago del Modelo 202 reduce lo que pago en el Modelo 200?

Sí. Los importes del 202 son pagos a cuenta del IS anual (200). Cuando presentas el 200 en julio, restas los pagos ya realizados en abril y octubre. Si pagaste de más, obtienes devolución. Si pagaste de menos, liquidas la diferencia.

¿Las empresas de nueva creación tienen que presentar el Modelo 202?

No en su primer período impositivo, ya que no tienen IS declarado de un ejercicio anterior en el que basarse. A partir del segundo período ya aplica.

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