El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del IVA. No genera ni ingreso ni devolución: es un modelo informativo que recoge el consolidado de los cuatro trim
El Modelo 390 es la declaración-resumen anual del IVA. No genera ni ingreso ni devolución: es un modelo informativo que recoge el consolidado de los cuatro trimestres del Modelo 303 presentados durante el año.
Presenta siempre dentro del plazo para evitar recargos e intereses.
| Período | Plazo de presentación |
|---|---|
| Ejercicio anual | Del 1 al 30 de enero del año siguiente al ejercicio declarado |
📌 El plazo es siempre en enero: si el ejercicio es 2026, el plazo es del 1 al 30 de enero de 2027. La presentación es obligatoria en la Sede Electrónica (ya no hay presentación en papel).
Sigue estos pasos en la sede electrónica de la AEAT para presentar correctamente.
Busca en tu área de Sede Electrónica los cuatro 303 del ejercicio. Los datos del 390 deben cuadrar con la suma de los datos de los cuatro trimestres.
Entra en la Sede con tu certificado digital o Cl@ve. Ve a 'Modelos y formularios' → 'Modelo 390'. El sistema importa automáticamente los datos de tus 303 si usas el mismo NIF.
El 390 pide los datos desglosados por actividad y por régimen de IVA. Revisa que los totales de bases y cuotas cuadran con la suma de tus cuatro 303.
Si has tenido operaciones intracomunitarias, operaciones con inversión del sujeto pasivo, o exportaciones, debes declararlas en las secciones específicas del 390.
Revisa el borrador, valida y presenta. Guarda el justificante. Este modelo es informativo: no genera ingreso ni devolución, así que no hay pago asociado.
Estos son los fallos más comunes que llevan a complementarias, sanciones o retrasos.
Es el error más frecuente y el que más requerimientos genera. Hacienda cruza automáticamente los datos del 390 con los de los cuatro 303. Cualquier discrepancia genera una notificación.
El Modelo 390 es obligatorio para todos los que presentan el 303. No presentarlo tiene una sanción de entre 200€ y 400€ por infracción leve.
Enero pasa rápido y el 390 se olvida porque no implica pago. Pero el plazo es estricto: si el 30 de enero es sábado, el plazo se amplía al lunes siguiente.
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No. El 303 del cuarto trimestre y el 390 son dos declaraciones independientes. El 303-4T es la autoliquidación del último trimestre (que sí puede generar ingreso o solicitud de devolución). El 390 es el resumen anual informativo. Ambos se presentan en enero.
Hacienda detectará la discrepancia automáticamente y puede enviarte un requerimiento de aclaración. Si hay un error en algún 303 trimestral, deberás presentar una declaración complementaria o una solicitud de rectificación de ese 303, y luego corregir el 390.
No. Los sujetos pasivos inscritos en el SII están exonerados de presentar el Modelo 390 y el Modelo 347. El SII ya recoge toda la información de operaciones en tiempo real.